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Un juez de Misiones ordenó suspender durante un año los descuentos directos y débitos automáticos que afectaban los haberes de dos empleados públicos en situación de sobreendeudamiento. La medida busca que los trabajadores recuperen el manejo de sus ingresos mientras continúa el proceso judicial para resolver sus obligaciones financieras.
La resolución fue dictada por Fernando Escalante, titular del Juzgado Civil y Comercial N.º 5 de Posadas, luego de analizar los recibos de sueldo y los movimientos bancarios incorporados al expediente.
El fallo se conoció después de que el Gobierno de Misiones modificara el límite salarial destinado al pago de préstamos y otras obligaciones financieras. Mediante el Decreto N.º 1751/26, firmado por el gobernador Hugo Passalacqua, la Provincia redujo del 39% al 30% el porcentaje máximo de los haberes que bancos y entidades financieras pueden debitar mediante determinados mecanismos.
Sin embargo, la medida judicial aborda una situación particular: los descuentos aplicados directamente sobre los recibos de sueldo y los débitos posteriores realizados sobre las cuentas bancarias donde los trabajadores cobran sus salarios.
Qué decidió la Justicia
Escalante explicó que la medida cautelar suspende los mecanismos de cobro automático que se aplicaban sobre los ingresos de los dos trabajadores.
“Lo que se dictó fue una medida cautelar que tiene como finalidad suspender los débitos automáticos que se efectuaban, por un lado, mediante los códigos de descuento directo aplicados sobre el recibo de sueldo y, por otro, a través de las operaciones que realizaba el Banco Macro”, detalló el magistrado.
La resolución alcanza tanto a los descuentos efectuados mediante los recibos de haberes como a los débitos realizados posteriormente por el Banco Macro, entidad en la que la Provincia deposita los salarios.
El juez aclaró que la decisión no implica la cancelación de las deudas ni impide que las entidades financieras reclamen el dinero adeudado por las vías legales correspondientes.
“Estas personas tenían acordado con las entidades crediticias que el pago de sus acreencias iba a ser a través de descuentos directos, ya sea por el recibo de sueldo o mediante débitos automáticos a través del Banco Macro”, explicó.
El sobreendeudamiento y la pérdida del salario
Durante el análisis de la causa, el juzgado revisó los recibos de sueldo y los movimientos de las cuentas bancarias para identificar los descuentos aplicados y los débitos realizados después de que los salarios eran depositados.
Según explicó Escalante, los fondos disponibles en las cuentas se utilizaban para cancelar obligaciones vinculadas con tarjetas de crédito, préstamos y otras operaciones financieras.
“Estas personas no percibían prácticamente sus haberes porque les hacían los descuentos directos”, sostuvo.
El magistrado advirtió que el sobreendeudamiento de los consumidores constituye una problemática que se presenta en otros expedientes y que afecta a trabajadores cuyos ingresos quedan comprometidos por múltiples obligaciones.
“Hoy es una realidad que los consumidores se encuentran sobreendeudados y prácticamente no perciben sus haberes por las deudas que tienen”, señaló, al relacionar esta situación con el contexto de recesión económica.
Qué cambia para los trabajadores
Con la suspensión de los descuentos automáticos, los dos empleados podrán volver a disponer de los fondos depositados en sus cajas de ahorro y decidir cómo afrontar sus compromisos financieros.
Esto significa que podrán acercarse voluntariamente a las entidades acreedoras para pagar las cuotas de sus préstamos, los saldos de las tarjetas de crédito o los montos que acuerden con los bancos.
“Ellos podrán acercarse voluntariamente a la entidad financiera y abonar las cuotas de sus préstamos, las tarjetas de crédito, los pagos mínimos o lo que corresponda. Pero ya no lo harán directamente: vuelven a recuperar el manejo de su dinero”, explicó Escalante.
De esta manera, la resolución busca que los trabajadores tengan mayor capacidad para organizar sus ingresos, negociar condiciones de pago y eventualmente refinanciar sus deudas.
Las deudas siguen vigentes
El juez remarcó que la cautelar no libera a los trabajadores de sus obligaciones financieras. Las entidades acreedoras mantienen la posibilidad de iniciar las acciones legales correspondientes para recuperar el dinero prestado.
Escalante diferenció los descuentos automáticos autorizados previamente por los clientes de los embargos ordenados judicialmente.
“Al haberse adherido al débito automático, la persona ya no establecía qué monto iba a pagar ni cómo lo iba a hacer, sino que directamente le debitaban. Ahora puede negociar, refinanciar o acordar el pago, mientras que la entidad conserva las acciones legales para el cobro compulsivo”, explicó.
En relación con los embargos salariales, el magistrado señaló que estos se encuentran sujetos a los límites establecidos por la legislación vigente.
La causa principal continuará su trámite judicial, mientras la medida cautelar tendrá vigencia durante un año. Durante ese período, los trabajadores podrán administrar sus ingresos sin los mecanismos de descuento automático suspendidos por la resolución.








